¿Tienes una hipoteca tu Banco te ha iniciado una ejecución hipotecaria y pretende cobrarte los intereses de demora?

Si eres una persona física, consumidor, y en la escritura de tu hipoteca tienes una cláusula con un tipo de interés de demora que supone un incremento de más de dos puntos respecto del interés remuneratorio, según establece el Tribunal Supremo en una sentencia de la Sala de lo Civil, de 28 de noviembre de 2018, esa la cláusula es abusiva.

Y consecuentemente, esto supone la supresión total de los intereses de demora.

Esto quiere decir que, se seguirán generando solo los intereses remuneratorios pactados en el contrato de préstamo.

Ni te pueden cobrar el interés de demora pactado, normalmente muy elevado, ni el triple del interés legal, como se fijó en algunas Sentencias de las Audiencias, ni siquiera el interés legal mas dos puntos, criterio utilizado cuando se produce una condena que no establece el tipo.

Esta sentencia confirma la doctrina del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea y por tanto permite que puedan reclamarse todos los casos en que se den esta situación y en especial si te han iniciado una demanda de ejecución hipotecaria.