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Presta mucha atención porque el Tribunal Constitucional ha declarado nulo por inconstitucional el cobro de este impuesto.
¿Puedes reclamar?
Son varias las casuísticas que pueden darse por lo que se hace necesario analizar cada caso.
¿Hay un plazo para ello?
Sí, hay un plazo:
*observación: para recurrir en vía judicial no se requiere Procurador salvo reclamaciones de cuantía superior a 30.000€.
Llámanos al 914113451, o envíanos un email a , te atenderemos sin compromiso y te diremos como actuar.
Mª JOSÉ GARCÍA VIZCAÍNO - ABOGADA COLABORADORA