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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha fallado a fecha 21 de diciembre de 2016 en el sentido de que si una cláusula suelo es declarada como abusiva por un Tribunal y por tanto nula, el banco estará obligado a devolver al consumidor todo lo cobrado por dicho concepto, sin limitación temporal, esto es desde el momento en que se comenzó a aplicar.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha fallado a fecha 21 de diciembre de 2016 que si una cláusula suelo de un contrato de préstamo se declara nula por abusiva, el banco deberá devolver al clientetodolo cobrado de más, sin limitación temporal, siempre con efecto desde que le hubiese afectado, no desde la STS de 09/05/2013.
Hablar a estas alturas de los contratos de permuta financiera, podría parecer algo desfasado. Sin embargo, nuestro Tribunal Supremo ha comenzado a resolver el gran número de recursos de casación presentados, aclarando muchas de las controversias suscitadas entorno a este tipo de contratos financieros. Pincha en la imagen para saber más.
Se ha instalado en el pensamiento de los juristas que basta con comprobar que alguien puede hacer algo física y mentalmente, para que la Ley deba reconocerle esa potencia. Pincha en la imagen para saber más.
El pasado día 19 de octubre, Abogados CE tuvo el placer de recibir el premio a mejor despacho del año de la mano de Thomson Reuters, quienes celebraban el Primer Aniversario de Aranzadi Fusión, su nueva y potente herramienta de gestión de expedientes.
El Juzgado 5 de Madrid ha dictado sentencia estimando la demanda formulada por Jesus García-Pitarch contra el Real Zaragoza. La citada sentencia condena a la Entidad Zaragocista al pago de 845.000 euros por facturas impagadas más intereses y costas, desestimando además la demanda cruzada interpuesta por el Real Zaragoza reclamando a Garcia-Pitarch casi 500.000 euros por daños y perjuicios por su gestión y por los despidos de dos jugadores.
España, a diferencia del resto de Europa, tradicionalmente siempre ha optado por la compra de viviendas en lugar del alquiler. Por ello, en los últimos años se han ido adoptando medidas con el objeto de impulsar el mercado de arrendamiento de viviendas. Pincha en la imagen para saber más.
El pasado jueves día 29 de septiembre tuvo lugar el encuentro anual de los abogados de nuestra plataforma en la Segunda Jornada Abogados CE. La convocatoria, que se desarrolló en el Centro de Negocios Melior de Diego de León en colaboración con Thomson Reuters y Gobercom, tuvo como principal objetivo sin lugar a dudas reunir a todos nuestros profesionales desde diferentes puntos de España.
Nuestra compañera Eva Cornudella, socia del despacho de Barcelona BUFETE CÓRDOBA ABOGADOS, integrado en nuestra red Abogados CE, acaba de publicar su primera novela, “Las mentiras precisas”.
Prologada por la conocida escritora Lucía Etxebarria, con la que Eva ya colaboró en 2013 en su obra “Tu corazón no está bien de la cabeza”, es su primera novela en solitario, tras diversas publicaciones en compendios de relatos cortos y micro relatos.
Si tiene una Hipoteca Multidivisa y debe ahora más que cuando la contrató, puede anular dicha opción. Si no reclama, nadie le devolverá nada. Pincha en la imagen para saber más.
El pasado 26 de agosto, los vecinos de Mérida se concentraron en la emblemática plaza de España para mostrar su rechazo ante la intención del Ayuntamiento de demoler los quioscos de este punto histórico de la ciudad. La concentración fue convocada no solo para impedir la destrucción de parte del patrimonio y la tradición emeritense, sino también para denunciar el gasto previsto por el Ayuntamiento, que consideran innecesario, según cita El Periódico de Extremadura.
La situación de crisis de los últimos años han llevado al legislador a tener que modificar la Ley Concursal 22/2003 en unas cuantas ocasiones. Pincha en la imagen para saber más.
La reclamación previa a la aseguradora "se introduce como requisito procesal por la Ley 35/2015 de reforma del Texto Refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre".
El Tribunal Supremo, ha dictado sentencia el 3/6/2016, nº 366/2016, rec. 1304/2014, en la que concluye que en la adquisición de un bien inmueble en subasta judicial, con cargas anteriores, opera el mecanismo de la subrogación, subrogación que se produce respecto de la carga y no respecto de la deuda que tal carga asegura (esto es, sobre el adjudicatario pesa el deber de soportar la realización forzosa del bien para satisfacer el crédito asegurado y no asumir forzosamente la posición del deudor en la relación obligacional objeto de la garantía hipotecaria), condenando, no obstante, al nuevo adjudicatario en aplicación de la doctrina del enriquecimiento injusto a devolver al fiador del préstamo hipotecario, lo que se vio obligado a abonar con posterioridad a que tuviera lugar la adjudicación del bien en cuestión.
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia multa con 128,8 millones de euros a ocho empresas, a su asociación y por primera vez también a cuatro directivos por formar un cártel para la fijación del Precio de Venta de Laboratorio (PVL) en un artículo sanitario de primera necesidad, muy superior al obtenido en una licitación competitiva.
La mera condición de representante de la empresa no puede llevar automáticamente a una imputación penal si el Juez Instructor no demuestra indiciariamente que éste tenía el dominio del hecho.
Las reformas de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y el acortamiento de plazos para la instrucción de las causas ha supuesto que en instrucciones complejas, donde deben concretarse actuaciones presuntamente delictivas en que son parte investigada los miembros del Consejo de Administración de mercantiles, se tienda a la imputación generalizada de todos los miembros de los órganos de administración.
Sobre la concurrencia del periculum in mora como requisito para la suspensión provisional de la aplicación de la cláusula suelo
La Ley de Enjuiciamiento Civil condiciona la adopción de medidas cautelares a la concurrencia de tres requisitos: el fumus boni iuris, esto es, la apariencia de buen derecho; la prestación de caución y el periculum in mora, es decir, el riesgo de que, de no adoptarse la medida cautelar, se produzcan situaciones que impidan o dificulten la tutela que pueda otorgarse en la eventual sentencia estimatoria.