La Ley 5/2019, de 15 de marzo, llega con mucho retraso, habida cuenta que la Directiva comunitaria que nos obligaba a su trasposición es la 2014/17 del Parlamento Europeo aprobada por el Consejo, el 4 de febrero de 2014, y además el plazo había finalizado el 21 de marzo de 2016.

Las circunstancias van evolucionando afortunadamente y las relaciones entre empleados del hogar y empleadores, deben tratarse con la misma seriedad que con cualquier otro trabajador, cumplimiendo todas las obligaciones que la ley establece y en especial la cotización a la Seguridad Social, en el sistema especial para empleados de hogar.

En nuestro anterior artículo hablamos sobre el grupo fiscal; lo definimos y explicamos su funcionamiento en detalle. Continuamos ahora hablando sobre la consolidación fiscal desde otros puntos de vista.

Cada vez es más común que las empresas valoren la posibilidad de crear un grupo fiscal para poder beneficiarse de las ventajas que ofrece este régimen. Profundizamos en este tema en este artículo.

Dentro de la nueva normativa (RGPD y LOPDPyGDD) en materia de protección de datos personales se hace especial incidencia en la adecuada elección de nuestros proveedores que, por razón de su prestación, tengan acceso a datos personales; son los llamados según la normativa “encargados del tratamiento”, y pueden ser definidos como aquellos que tratan datos personales por la prestación de un servicio que nosotros (empresa) les encomendamos.

Cuando el desempleado esta percibiendo la prestación por desempleo, tiene la posibilidad de capitalizar el paro, y así poder cubrir las necesidades económicas que suponga el inicio de su nueva actividad al cobrar en un solo pago el importe pendiente de la prestación por desempleo.

El pasado mes de diciembre entró en vigor en nuestro país la nueva  Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDPGDD). Esta norma  consiste en la adaptación en España de lo dispuesto por el Reglamento Europeo General de Protección de Datos, en adelante RGPD, de aplicación directa en el territorio de la Unión Europea desde el pasado mayo de 2018.

Los trabajadores del Grupo Empresarial Alcoa Inespal, de las plantas de Avilés y Coruña, han ratificado, por una mayoría del 91 %, el preacuerdo que alcanzó “in extremis”, tras largas horas de negociación, la Comisión Negociadora, el pasado 15 de enero de 2.019, día fijado para la finalización del periodo de consultas de despido colectivo, iniciado el 27 de noviembre de 2.018.

Con independencia de que me parece una redacción mala de corta y pega, con algún absurdo que otro como el de la necesidad de la vivienda para la persona jurídica, las novedades a partir de mañana, 19 de diciembre, fecha de entrada en vigor de las medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler, son las siguientes:

El objetivo es llamar a la reflexión y abrir el debate sobre la “necesaria y urgente defensa” de la dignidad e integridad de la persona en el contexto de la revolución tecnológica, según ha informado el magistrado de la Audiencia Nacional Eloy Velasco, uno de los miembros del equipo de trabajo que la ha elaborado.

Cuando la empresa como persona jurídica realiza esta puesta a punto en el cumplimiento normativo, el órgano de administración responsable del control y prevención pasa a formar parte de un sistema para evitar la comisión de delitos y, en consecuencia, que no haya responsabilidad de la persona jurídica.