MÁS FACILIDADES PARA RECUPERAR EL IVA DE LAS FACTURAS IMPAGADAS

La Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 ha introducido cambios en la normativa del IVA que van a permitir la recuperación del impuesto repercutido en una factura que resulte impagada de forma más fácil y más rápida.

Hasta 31/12/22 se exigía el transcurso del plazo de 1 año (6 meses para contribuyentes que no tengan la condición de Gran Empresa) desde el vencimiento de pago de la factura para poder realizar la correspondiente modificación, siempre y cuando se cumplieran el resto de requisitos. Pues bien, este plazo de 1 año se reduce, para todos los obligados tributarios, a 6 meses desde el 1 de enero de 2023, y se podrán acoger a él todos los sujetos pasivos cuyo plazo de modificación no hubiera caducado a 1 de enero de 2023.

Otro de los requisitos exigibles hasta 31/12/2022 consistía en que para poder instar la recuperación del impuesto era necesario iniciar una reclamación judicial contra el deudor o instar el cobro de dicha deuda mediante requerimiento notarial. Este requisito también se ha flexibilizado con la LPGE, permitiéndose ahora que la reclamación del cobro al deudor se realice por cualquier medio que se pueda acreditar de forma fehaciente (por ejemplo, un burofax).

También se permite desde 1/1/2023 la recuperación del IVA repercutido en una factura cuyo destinatario no sea un empresario o profesional en aquellos casos en que la base imponible de la misma sea igual o superior a 50 €. Hasta 31/12/2022 este importe debía de ser 300 €.

Es importante indicar que estas novedades solo afectan a la recuperación del IVA en caso de créditos no concursales. Para el caso de los créditos concursales no se ha modificado la normativa del impuesto. No obstante, la LPGE introduce un cambio: desde el 1/1/2023 se permite la modificación de la base imponible del impuesto en caso de créditos incobrables como consecuencia de un proceso de insolvencia declarada por un órgano jurisdiccional de otro Estado miembro.

 

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RAQUEL HERRERO -  CONSULTORA TRIBUTARIA

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